“Cada unidad contará con los puestos de trabajo necesarios para la atención del órgano, que se determinarán en las respectivas relaciones de puestos de trabajo”
Aquí es donde tenemos el primer gran problema, porque la administración no concreta los puestos de trabajo de cada UPAD en las RPTs que acaba de publicar, y ese es el principal motivo por el que vamos a recurrirlas.
“Los funcionarios de carrera tienen derecho a no ser removidos del puesto de trabajo que desempeñen sino en los supuestos y condiciones establecidos legalmente”
Por lo tanto, ni te pueden dejar sin un puesto de trabajo concreto ni te pueden mover de un sitio a otro de forma verbal, sino que deben ceñirse a los “supuestos y condiciones establecidos legalmente” unos supuestos que son siempre a través de procedimientos transparentes, públicos y reglados, como estamos exigiendo desde STAJ y seguiremos exigiendo hasta sus últimas consecuencias.
¡Así lo estamos exigiendo desde STAJ y lo seguiremos haciendo con toda la contundencia que haga falta, incluso a través de los oportunos recursos que interpondremos contra cualquier acto de la administración que no cumpla con las garantías legales establecidas!
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